En 2000, la Fundación Cumbre Mundial de la Mujer, con estatus consultivo de las Naciones Unidas, declaró al 19 de noviembre como el “Día de la Prevención del abuso en niños, niñas y adolescentes” buscando visibilizar y poner en evidencia una problemática que afecta a cientos de millones de infancias y adolescentes menores de 20 años.
Como todos los años desde el 2011, la Fundación Cumbre Mundial de la Mujer llama a la acción mediante su campaña “19 días de Activismo”, la cuál busca generar conciencia mundial sobre la prevención de la violencia y fomentar actividades en la sociedad civil y en los gobiernos para aumentar de manera colectiva las medidas de prevención.
Durante los primeros 19 días de noviembre, se aborda un tema diferente relacionado con la violencia contra los niños y jóvenes, tales como la violencia y abuso sexual contra niños, trabajo infantil, tráfico y venta de niños, turismo sexual infantil, trata de niños, peligros de las nuevas tecnologias, entre otros.
De esta forma, alineados con el ODS 16.2 -poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños-, la campaña invita a representantes y líderes globales a rendir cuentas a la hora de implementar la Convención sobre los Derechos del Niño y pensar estrategias para garantizar un mundo más justo para las infancias y juventudes.
¿Por qué conocer sobre los peligros de las nuevas tecnologías es importante?
En sinergia con las diversas acciones tomadas para prevenir toda forma de violencia contra los niños, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito -UNODC por sus siglas en inglés- lanzó una serie de módulos de enseñanza para concientizar sobre los cibercrimenes que, entre otras cosas, puedan afectar a niños y adolescentes.
En su apartado sobre “Ciberdelitos Interpersonales”, la oficina define al abuso sexual infantil como los “contactos o interacciones entre un niño y otro —de más edad o con más experiencia— o un adulto (un extraño, un hermano, una hermana o una persona en posición de autoridad, como el padre, la madre o un cuidador) en los que se utiliza al niño o niña como objeto para satisfacer las necesidades sexuales del niño mayor o del adulto” (Comisión Económica y Social de las Naciones Unidas para Asia y el Pacífico, 1999). A su vez, enumera algunos de los diferentes tipos de delitos que pueden cometerse utilizando las nuevas tecnologias tales como la captación de niños por internet con fines sexuales -también conocido como grooming-, material de abuso y explotación sexual infantil y transmisión en vivo de abuso sexual infantil.
El grooming es una forma de abuso sexual que se manifiesta a través del engaño por parte de adultos que buscan ganarse la confianza de menores en internet para propósitos sexuales. Utilizando redes sociales, juegos en línea y otras plataformas digitales, los agresores crean perfiles falsos y simulan ser pares de las víctimas.
Este proceso de captación puede ser largo y sutil comenzando con interacciones inofensivas para establecer una relación de confianza con el niño para posteriormente, introducir temas de carácter sexual o inducir a encuentros en persona, lo cual puede culminar en abuso físico o en la producción y distribución de material de abuso infantil.
Tal como menciona la UNODC, múltiples estudios han demostrado que la captación de menores por Internet con fines sexuales no sigue un único proceso, sino que el mismo muta en relación a la motivación, las capacidades del agresor y su habilidad para manipular a la víctima. El objetivo final del agresor es la explotación o el abuso sexual de la víctima, ya sea en línea (coaccionando o manipulando para obtener imágenes o videos sexualmente explícitos) o fuera de línea (organizando encuentros en persona para cometer abuso sexual) (UNODC).
En su reporte “Estudio sobre los efectos de las nuevas tecnologías de la información en el abuso y la explotación infantil” (2015), la UNODC aclara que los grupos de delincuentes vinculados al abuso sexual infantil puede o no cumplir con la definicion de grupo delictivo organizado establecido en la Convencion de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
Dependiendo de su estructura, delitos y objetivos, los grupos de delincuentes que cometen material de abuso sexual infantil pueden englobarse dentro de la definición de grupo delictivo organizado a los efectos de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Según el artículo 2 (a) de la misma, se entiende por grupo delictivo organizado a “un grupo estructurado de tres o más personas, que exista durante un período de tiempo y actúe de manera concertada con el objetivo de cometer uno o más delitos graves o delitos tipificados con arreglo a la Convención, a fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico u otro beneficio material”.
En relación a ello, el Estudio sobre la Ciberdelincuencia (2013), aclara que las formas actuales de delincuencia organizada “online” se diferencia de las nociones tradicionales de esta basadas en la violencia física y las relaciones de confianza. Por el contrario, en las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), los grupos delictivos organizados pueden no tener ninguna conexión en persona con su víctima. En lo que respecta al delito de explotación de menores a través de las TICs, los grupos delictivos suelen participar en la producción y distribución de material de abuso sexual infantil, en particular, en los mercados de explotación sexual comercial de menores (UNODC, 2015).
Mediante el uso de las TIC, los delincuentes pueden reclutar víctimas infantiles para la explotación sexual de manera más fácil y económica, comunicarse con sus cómplices y encontrar clientes. Un ejemplo de esto son los grupos que ofrecen turismo sexual infantil. Cada vez más, los operadores de empresas de explotación sexual comercial de menores alientan a sus clientes a pagar tarifas adicionales por la grabación de sus hazañas en forma de material de abuso sexual infantil (UNODC, 2015).
Siguiendo las recomendaciones compartidas en la edición 2024 del Kit de Prevención del Abuso contra los Niños, Niñas y Adolescente, conocer la Convención sobre los Derechos del Niño, fomentar un uso seguro y regulado de las redes sociales y hacer partícipe a los niños y niñas en la defensa contra los peligros de las tecnologías, son algunas de las acciones a seguir que permitirán colaborar en la defensa contra los derechos de los niños.
El Día Mundial para la Prevención del Abuso contra los Niños, Niñas y Adolescentes invita a reflexionar sobre la responsabilidad colectiva en la protección de la infancia y la adolescencia. Frente a amenazas contemporáneas como el grooming, es fundamental que las estrategias preventivas evolucionen al ritmo de la tecnología. Educar a los niños sobre el uso seguro de Internet, involucrar a las familias en el monitoreo de actividades digitales y garantizar la existencia de leyes efectivas son pasos esenciales.
ONUDC (2015) Study on the Effects of New Information Technologies on the Abuse and Exploitation of Children. Recuperado de https://www.unodc.org/documents/Cybercrime/Study_on_the_Effects.pdf
ONUDC (2020) Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Recuperado de https://www.unodc.org/documents/treaties/UNTOC/Publications/TOC%20Convention/TOCebook-s.pdf
ONUDC (2013) Comprehensive Study on Cybercrime. Recuperado de https://www.unodc.org/documents/organized-crime/UNODC_CCPCJ_EG.4_2013/CYBERCRIME_STUDY_210213.pdf
Comments